S.E.P.A. ¿Que ocurre realmente?

Hoy 3 de febrero de 2014 ya está en vigor la nueva normativa SEPA según el Reglamento UE 260/2012 que, de forma más o menos directa, nos afecta a todos. En el presente post pretendemos relataros de una forma sencilla con lo que nos hemos encontrado con la entrada en vigor de esta nueva normativa y posibles soluciones.

¿Estamos adaptados realmente?
Todos los mecanismos para la puesta en marcha de esta nueva normativa están en marcha. Sin embargo, desde nuestro punto de vista, una vez más, nos ha “pillado el toro” en dos sentidos: Uno, la falta de información por parte de la ciudadanía y las empresas. Y dos, muchas entidades bancarias no han terminado de forma completa la migración.
Es una realidad, que no se ha informado lo suficiente y que, de forma general, los ciudadanos no sabemos lo que implica la SEPA en nuestro día a día. Por otro lado, en el plano empresarial, los impactos informativos recibidos han sido superiores, aunque no han llegado a calar.
Además, en muchas entidades bancarias, en la operativa diaria de sus páginas web, la referencia  a día de hoy sigue siendo el CCC y no el IBAN. Es decir, las entidades no han terminado de adaptar sus páginas web a la normativa: transferencias, manuales, operaciones favoritas,…

Instrumentos de cobro y pago en Ficheros
Hay que tener en cuenta que la normativa estableció en 2009, que el intercambio de datos entre empresas y bancos debía ser a través de ficheros XML.
Estos,  presentan innumerables ventajas, desde el punto de vista tecnológico,… aunque un gran inconveniente en el ámbito español ya que es una tecnología poco usada hasta el momento. Esto ha provocado que de forma transitoria hasta febrero de 2016, se acepten unos ficheros intermedios, que contienen la información SEPA, pero no la estructura informática definitiva y obligatoria.
Adaptarse a esta tecnología está siendo muy costoso para las entidades bancarias, quienes a fecha de hoy, o bien acaban de implementar en sus páginas web la funcionalidad para su operativa, o directamente no admiten todavía ficheros XML.
El uso de una tecnología nueva, en la que ni bancos ni usuarios tienen experiencia, siempre provoca situaciones no previstas. Entre algunas con las que nos hemos encontrado:
- Existen varias versiones de estructura de fichero incompatibles entre sí. La normativa no fija la versión a seguir, especialmente a nivel europeo.
- Los ficheros soportan multitud de información, alguna de ella obligatoria y otra no. Las entidades solicitan menor o mayor información, en función de sus necesidades, haciendo parecer de alguna forma que ficheros con estructura totalmente válida, no sea aceptado por los bancos.
- El personal bancario que están de cara al público, no tiene información suficiente para gestionar estos temas, y el soporte técnico de las entidades está colapsado con el incremento de consultas relacionadas con estos nuevos ficheros.

Adeudos en Fichero SEPA
Mientras que la puesta en marcha de fichero de transferencias SEPA ha sido un camino de rosas, no generando prácticamente ninguna incidencia, los adeudos SEPA han constituido una verdadera Torre de Babel.
Esto es debido a que, además de lo mencionado anteriormente, los adeudos SEPA presentan una dificultad adicional, la desmaterialización de los famosos mandatos. Según la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, se establece que el riesgo de devolución de recibos es de 13 meses sino existe un mandato, aunque no obliga de la existencia del mismo. Sin embargo, hemos podido comprobar que algunas entidades fuerzan a que en el fichero vaya información del mandato, sin el cual la estructura no se valida como buena.

¿Qué podemos hacer?
Nuestra experiencia nos dice que la mejor forma de afrontar esta nueva gestión de intercambio de ficheros es, armarse de paciencia y, con antelación suficiente a nuestras necesidades, generar ficheros de prueba para que los validen en los bancos con los que trabajamos.
Ese es el motivo por el que dada la situación en la que nos encontramos, la Comisión Española de Migración a la SEPAha estimado oportuno retrasar el plazo obligatorio de implantación de pudiéndose usar los formatos nacionales con los que veníamos trabajando hasta el 18/03/14 para las transferencias y hasta el 10/06/14 para los Adeudos.